Se reemplaza el DNI por una tarjeta para las obligaciones cívicas.Con 41 votos a favor y 22 en contra, el Senado de la Nación convirtió ayer en ley el proyecto que modifica el Código Electoral y habilita así la emisión del voto con la nueva tarjeta de identidad, en lugar del tradicional DNI libreta. La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, logró dictamen el martes pasado, luego de que obtuvo el apoyo de los senadores de la Comisión de Asuntos Constitucionales que preside Aníbal Fernández, tras escuchar el informe del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
Ayer el debate se extendió por varias horas. El primero en hacer uso de la palabra fue Marcelo Fuentes (FpV) quien, como miembro informante, destacó que se trata de “modificaciones” y no una “reforma” de la ley vigente.
En el radicalismo, Mario Cimadevilla se refirió a la falta de definición de la constancia de votación. “La propuesta puede presentar serios problemas de operatividad. Que se delegue en el Poder Ejecutivo mediante la reglamentación es un grave riesgo, porque el partido de gobierno también compite en las elecciones”, dijo.
A su turno, la senadora salteña Sonia Escudero criticó el punto que prohíbe a los fiscales votar en la mesa que no figuran, ya que consideró que esto “limita la libertad” de los partidos menores y los obliga a tener fiscales en todas las mesas. Además, pidió pasar a un sistema de boleta única.
Siguiendo con las exposiciones de los bloque opositores, María Eugenia Estenssoro, de la Coalición Cívica, calificó el proyecto como más propio de un Estado policíaco que democrático. “El artículo 6, sobre las multas, cercena derechos. La Constitución en ningún lado dice que un ciudadano puede ver cercenado su derecho a ser elegido o contratado para el empleo público. Hay improvisación en la política pública”, dijo la senadora mientras mostraba el nuevo DNI tarjeta con la leyenda “No válido para emitir el voto”.
Los cambios
- Se reemplaza el DNI libreta por una tarjeta para todos los trámites y obligaciones cívicas. En tanto, la constancia del voto será entregada por el presidente de la mesa electoral y contendrá los datos del votante. El formato de dicha constancia será establecido durante la reglamentación de la ley.
- Tanto la Libreta de Enrolamiento como la Libreta Cívica y aun el Documento Nacional de Identidad, en cualquiera de sus formatos, continúan siendo documentos habilitados para votar.
- Se fijan multas de entre 50 y 500 pesos para quienes no emitan su voto. El infractor no podrá ser designado para desempeñar cargos públicos durante tres años. Además, si no paga la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales.